Ética y ley: Clarence Thomas

STRICTO SENSU

*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón. larazondemexico

El 6 de abril, el portal ProPublica difundió un reportaje sobre la relación del empresario Harlan Crow con Clarence Thomas, integrante de la Corte Suprema.

A partir de ese momento, han salido a la luz aspectos de la vida del juzgador que obligan a repensar la relación entre ética y ley entre los integrantes del máximo tribunal. Se mostró que, durante más de dos décadas, el togado ha aceptado la hospitalidad del magnate sin hacerla pública. Por ejemplo, en junio de 2019 Thomas y su esposa volaron en un jet privado a Indonesia donde vacacionaron durante nueve días a bordo del yate Michaela Rose. El avión y el yate son propiedad de Crow. Unas vacaciones de estas características costarían más de medio millón de dólares, casi el doble del monto anual del salario del juzgador.

Los datos de ProPublica evidencian que en otros años los Thomas ha vacacionado a bordo del Michaela Rose en Nueva Zelanda y las islas griegas, así como en un exclusivo albergue del estado de Nueva York propiedad del empresario. Además de acreditar que el juzgador ha usado el avión privado para cumplir algunos compromisos personales, el portal dio a conocer donaciones realizadas por Crow en favor de causas favorecidas por Thomas que incluyen recursos para financiar un grupo fundado por su esposa, así como su retrato en la Universidad de Yale.

¿Está Thomas legalmente obligado a declarar los beneficios obtenidos de su relación con Crow? Según la Ley de Ética Gubernamental, todos los servidores públicos federales deben informar sobre los regalos recibidos con costo mayor a 415 dólares. Estos bienes se reportan públicamente de manera anual. Entre los regalos exceptuados de enlistarse se encuentran la comida y el hospedaje derivados de la hospitalidad personal. Bajo una interpretación literal, como las que acostumbra a reivindicar Thomas, al abstenerse de declarar las dádivas derivadas de su relación con el empresario, no transgredió la ley pues se trata de comida y hospedaje. Supongamos que esto fuera cierto, surgiría entonces la duda respecto a si ese proceder puede calificarse como una falta ética. Existe un Código de Conducta para juzgadores federales que regula los aspectos éticos de su labor donde se les exige evitar cualquier apariencia de impropiedad. Este ordenamiento, sin embargo, no es aplicable a los miembros de la Corte, sino únicamente a los jueces inferiores. Forzando el alegato, puede argumentarse que, al no serle aplicable ese ordenamiento, tampoco cometió una infracción ética. Toda vez que en los últimos días han aparecido más datos comprometedores en la relación entre Crow y Thomas, han aumentado las voces que exigen se lleve a cabo una investigación. Por lo pronto, los senadores demócratas que integran el Comité Judicial han anunciado la celebración de una audiencia, a la que han invitado a John Roberts, presidente de la Corte Suprema. ¿El tema? Analizar la necesidad de adoptar un código de conducta obligatorio para los integrantes del máximo tribunal. Mantengámonos atentos a la discusión.

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