Respuesta al lector

PESOS Y CONTRAPESOS

Arturo Damm Arnal<br>*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.<br>
Arturo Damm Arnal*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón. Foto: larazondemexico

Relacionado con mi columna ¿Gratuito? ¿Derecho? (https://www.razon.com.mx/opinion/columnas/arturo-damm-arnal/gratuito-derecho-525503), un lector preguntó lo siguiente: “Hablando de conciertos, derechos y obligaciones; podríamos pensar que es un derecho contractual ante un contrato virtual y una “obligación” moral/ ética de favorecer con tu voto a quien te provee del goce y disfrute de ese “derecho”. ¿Qué opinas?” Va mi respuesta.

Lo que el lector pregunta es si los ciudadanos que acuden a los conciertos “gratuitos” organizados por Claudia Sheinbaum tienen la “obligación” moral/ética (la legal obviamente no la tienen), de favorecerla con su voto, suponiendo que sea la corcholata elegida (que adjetivo más despectivo para un precandidato), para la candidatura presidencial de Morena en 2024. ¿La tienen?

La respuesta, dado que se trata de una “obligación” moral/ética, la tiene cada uno, ya que la dimensión moral/ética de la conducta humana está relacionada con las decisiones libres de las personas, de tal manera que cada uno de los asistentes deberá decidir si la tiene o no y actuar en consecuencia.

Lo que sí queda claro es que entre los asistentes a los conciertos “gratuitos”, por el hecho de haber asistido, y Claudia Sheinbaum, por el hecho de haberlos organizado, no surge un contrato real, por el cual Sheinbaum se obliga a organizarlos y proveerlos “gratuitamente” y los asistentes, quienes concurrieron gratuitamente (en este caso sin comillas porque no pagaron), se obligan a votar por ella. Si no surge un contrato real, ¿surge uno virtual, con derechos y obligaciones implícitas? Si respondemos que sí, ¿se trataría realmente de un contrato (que puede ser real o virtual)?

¿Puede exigir Sheinbaum, como sucede con los contratos que realmente lo son, que quienes hayan asistido al concierto “gratuito” voten por ella? Sí, si haber asistido al concierto “gratuito” genera la obligación contractual de hacerlo. No, si no, de tal manera que la pregunta puede reformularse así: ¿quienes asisten a los conciertos “gratuitos”, por el hecho de haber asistido, adquieren la obligación contractual de votar por Sheinbaum? No. ¿Y la “obligación” moral/ética, como la llama el lector? La respuesta la tiene cada quien.

Lo que sí queda claro es que la intención de proveer conciertos “gratuitos”, en el fondo, no es hacer valer el falso derecho a la cultura y el esparcimiento (falso si a ese derecho se le reconoce una obligación positiva de parte del gobierno, véase nuevamente: (https://www.razon.com.mx/opinion/columnas/arturo-damm-arnal/gratuito-derecho-525503), como afirma Sheinbaum, sino jalar agua a su molino con la intención de crear, entre los asistentes, esa “obligación” moral/ética de votar por ella, que sería consecuencia, en los casos en los que lo fuera, no de un contrato, ni real ni implícito, entre Sheinbaum y los asistentes, sino del agradecimiento de estos para con ella, todo en el marco de la degeneración de la democracia electoral en mercado electorero, en la versión pan y circo.

Claro que la intención de Sheinbaum, como la de cualquier otro político que provee algo “gratis”, es crear entre los beneficiarios la “obligación” moral/ética de votar por ella, debiendo preguntarnos si esa intención, propia del mercado electorero en su versión pan y circo, es ética.

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