El Inai ante la Corte

STRICTO SENSU

Mauricio Ibarra<br>*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.<br>
Mauricio Ibarra*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón. Foto: larazondemexico

El pasado jueves, la Suprema Corte analizó un asunto relacionado con las vacantes de comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai). La ausencia de tres de los siete integrantes del pleno del Instituto ha impedido desde inicios de abril que se garanticen los derechos de acceso a la información y protección de datos personales.

El 27 de marzo pasado, el Inai interpuso una controversia constitucional ante la omisión del Senado para nombrar a los comisionados. En su demanda solicitó también se suspendiera la omisión reclamada, de manera que pudiera sesionar con cuatro comisionados. El asunto fue turnado a la ministra Ortiz. Dentro del procedimiento, la instructora determinó negar la suspensión solicitada. Ante ello, el Instituto interpuso una reclamación que está siendo conocida por el ministro Laynez. Una vez que el Senado diera contestación a la demanda, y luego de recibir cuatro amicus curiae que alegaban la inconstitucionalidad de la omisión reclamada, la ministra Ortiz dio por terminada la instrucción el 3 de julio y el asunto fue listado para ser analizado en la sesión del Pleno del jueves pasado.

El proyecto de la ministra Ortiz distingue entre las vacantes ocurridas desde abril de 2022 y la que comenzó en abril de 2023. En relación con la última, precisa que dicha vacante no se había generado al momento de presentar la demanda. Respecto a las dos primeras, considera que el Senado sí realizó diversas acciones previstas en el procedimiento para designar a los comisionados del Inai. Esta circunstancia, aunada al hecho que ninguna norma establece un plazo para concretar los nombramientos, la hace concluir que la omisión alegada por el Instituto es inexistente. En consecuencia, propone sobreseer la omisión alegada en la vacante generada en 2023 (al tratarse de un hecho futuro) y declarar la inexistencia de la señalada respecto a las vacantes que datan de 2022. Sometido a la consideración del Pleno, el proyecto fue desechado por ocho de sus once integrantes, contando con la opinión favorable no sólo de la ponente, sino también la de los ministros Esquivel y Zaldívar. Ahí mismo se acordó returnar el asunto a un ministro integrante de la mayoría (el viernes se decidió que sería el ministro González) y sus efectos serán determinados en la próxima sesión del máximo tribunal. Esto tendrá lugar hasta el mes próximo, pues desde el viernes comenzó el primer periodo de receso de la judicatura federal.

Se ha especulado respecto a la posibilidad de que, a fin de garantizar los derechos de acceso a la información y protección de datos personales, la Corte permita al Inai sesionar con los comisionados con los que cuenta actualmente. Si esto ocurriera, sería importante conocer los razonamientos que llevarían al máximo tribunal a determinar la inobservancia de la Ley Federal de Transparencia, la cual señala que, para considerar válidas a las sesiones del pleno del Inai, se requiere de al menos cinco comisionados.

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