El incómodo antecedente boliviano

VIÑETAS LATINOAMERICANAS

Rafael Rojas<br>*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.<br>&nbsp;<br>
Rafael Rojas*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.  larazondemexico

En México es común que los partidos políticos y sus líderes justifiquen reformas constitucionales con antecedentes en Estados Unidos o Europa. Cuando el actual Gobierno promovió la creación de la Guardia Nacional y, más recientemente, cuando propuso su adición formal a la Secretaría de la Defensa, voceros oficiales apelaron a experiencias como la Gendarmería Nacional francesa o la Guardia Civil en España.

La más controvertida y públicamente impugnada iniciativa de reforma constitucional del gobierno de Andrés Manuel López Obrador no es la Guardia Nacional sino la elección directa de los ministros de la Suprema Corte de Justicia. En la más completa y detallada defensa de esa reforma, por parte de la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, no abundaron las referencias a antecedentes en el derecho internacional.

Pudo aludirse, por ejemplo, a la elección de los jueces de paz en España, a través de los ayuntamientos, o a otras experiencias similares en gobiernos locales o regionales. En América Latina también existen esos sistemas híbridos de nombramientos y elecciones de jueces y magistrados, aunque es rarísimo que los ministros de la Corte sean electos por sufragio directo.

Un antecedente referido en la opinión pública, pero no muy utilizado por el Gobierno, es el de la elección popular de las magistradas y los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con el artículo 181 de la Constitución Plurinacional de Bolivia de 2009, modelo del nuevo constitucionalismo latinoamericano. Los 26 candidatos a ese órgano de la jurisdicción ordinaria son preseleccionados por la Asamblea Nacional y luego votados por sufragio universal.

El objetivo de la reforma era dotar de “mayor representatividad regional y demográfica al poder judicial”, pero, en la práctica, en quince años de funcionamiento, el TSJ boliviano ha sido rehén de las hegemonías políticas nacionales. Hasta 2019, el poder judicial, en sus ramas constitucionales y electorales, apoyó la reelección continua de Evo Morales. Pero en 2019 el Tribunal Constitucional Plurinacional avaló la llegada al poder de Jeanine Áñez Chávez, que era vicepresidenta del Senado.

Áñez renunció a su candidatura a las elecciones de 2020, que ganó Luis Arce, y la reconfiguración del TSJ favoreció nuevamente al MAS, el partido mayoritario de Bolivia. Entonces el poder judicial no sólo emprendió un proceso contra Áñez, quien sería condenada a diez años de prisión, sino que poco a poco comenzó a favorecer al presidente Arce, en contra de su rival, el líder histórico de la izquierda boliviana.

Hoy por hoy, ese mismo poder judicial que hace cinco años respaldaba la reelección de Morales, ahora la considera inconstitucional. Esta trayectoria hace evidente que la elección popular de ministros de la Corte, lejos de afianzar la autonomía del poder judicial, puede mermarla y acrecentar su subordinación al ejecutivo o al partido oficial.

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Francisco Reséndiz