PESOS Y CONTRAPESOS

Del Gobierno (3/10)

Arturo Damm Arnal *Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón. Foto: larazondemexico

Al gobierno se le debe permitir lo que debe permitírseles a las personas y se le debe prohibir lo que debe prohibírseles a las personas. ¿Qué debe permitírseles a las personas? El uso defensivo y legítimo de la fuerza: defenderse de las agresiones. ¿Qué debe prohibírseles? El uso ofensivo e ilegítimo de la fuerza: agredir a los demás.

Las únicas tareas que debe realizar el gobierno son las que requieren el uso defensivo y legítimo de la fuerza en contra de su uso ofensivo e ilegítimo. ¿Cuáles son esas tareas? Las relacionadas con la prohibición y prevención de delitos, de la violación de derechos, y las relacionadas con castigar al violador, al delincuente, y con obligarlo a resarcir. El gobierno, salvo en el caso del cobro de impuestos (tema que retomaré), no debe recurrir al uso ofensivo e ilegítimo de la fuerza, que siempre implica la violación de derechos, la comisión de injusticias. Si lo hace se convierte en anti gobierno (tema que también retomaré).

El problema es que el gobierno realiza más tareas de las que legítimamente le corresponden, recurriendo al uso ofensivo e ilegítimo de la fuerza, violando derechos, cometiendo injusticias. Para entenderlo veamos cuáles son las cuatro maneras de combinar los tres poderes del gobierno: prohibir, obligar y castigar, cada una relacionada con una virtud.

Primera: prohibir violar los derechos de los demás y castigar a quien lo haga, combinación relacionada con la virtud de la justicia, por la cual se respetan los derechos de los demás. Primera combinación de prohibir y castigar.

Segunda: prohibir hacerse daño a uno mismo (por ejemplo: prohibir el consumo de sustancias dañinas y adictivas), y castigar a quien se lo haga, combinación relacionada con la virtud de la prudencia en sentido negativo (no hacerse daño). Segunda combinación de prohibir y castigar.

Tercera: obligar a hacerle el bien a los demás y castigar a quien no lo haga (por ejemplo: servicio social obligatorio), combinación relacionada con la virtud de la benevolencia. Primera combinación de obligar y castigar.

Cuarta: obligar a hacerse el bien a uno mismo (por ejemplo: obligar a hacer ejercicio), y castigar a quien no se lo haga, combinación relacionada con la virtud de la prudencia en sentido positivo (si hacerse el bien). Segunda combinación de obligar y castigar.

Tres comentarios.

Primero: en la primera combinación se prohíbe, no hacerle daño (cualquier tipo de daño), a los demás, sino violar los derechos de los demás, porque no cualquier tipo de daño debe prohibirse y castigarse, como es el caso de los daños morales (por ejemplo: el que le hace el marido/esposa infiel a su esposa/marido).

Segundo: en la segunda combinación se prohíbe, no violarse derechos uno mismo, sino hacerse daño a uno mismo, porque ninguna persona tiene derechos, ni obligaciones, para consigo misma.

Tercero: en cada una de las cuatro combinaciones aparece el castigar que es, en última instancia, el principal poder del gobierno, porque de nada sirve obligar y/o prohibir si no se castiga a quien no cumple.

De las cuatro posibles combinaciones de los tres poderes del gobierno, ¿cuáles, y por qué, son las que debe practicar? Dicho de otra manera, ¿cuáles implican el uso defensivo y legítimo de la fuerza y cuáles el ofensivo e ilegítimo?

Continuará.

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