Cuatro son las combinaciones de los poderes del gobierno: prohibir, obligar y castigar.
I.- Prohibir violar derechos y castigar a quien lo haga, combinación relacionada con la justicia. II.- Prohibir hacerse daño a uno mismo y castigar a quien se lo haga, relacionada con la prudencia negativa (no hacerse daño). III.- Obligar a hacerles el bien a los demás y castigar a quien no lo haga, relacionada con la benevolencia. IV.- Obligar a hacerse el bien a uno mismo y castigar a quien no se lo haga, relacionada con la prudencia positiva (sí hacerse el bien).
Partiendo del principio de que al Gobierno debe permitírsele lo que se les debe permitir a las personas, y que debe prohibírsele lo que se les debe prohibir a las personas, llegamos a la conclusión de que la única combinación que debe practicar el Gobierno es la primera, prohibir violar derechos de los demás y castigar a quien lo haga. Falta responder, con más detalle, ¿por qué?, respuesta relacionada con los dos posibles usos de la fuerza: el ofensivo e ilegítimo, violador de derechos, inaceptable; el defensivo y legítimo, defensor de derechos, aceptable.
Respuesta ante la amenaza
De los derechos de cada uno a la vida, la libertad individual y la propiedad privada (que tienen como contrapartida la obligación de los demás de no matar, no secuestrar y no robar, de no ejercer la violencia ofensiva e ilegítima), se deriva el derecho de cada quien a defenderse, de ejercer la violencia defensiva y legítima (que tiene como contrapartida la obligación de los demás de no impedirlo).
Si aceptamos que a Juan debe permitírsele el uso defensivo y legítimo de la fuerza para defender a Pedro del uso ofensivo e ilegitimo de parte de Francisco, entonces, partiendo del principio de que al Gobierno debe permitírsele lo que se les debe permitir a las personas, y que debe prohibírsele lo que se les debe prohibir a las personas, debemos aceptar que al Gobierno debe permitírsele el uso defensivo y legítimo de la fuerza para defender a Pedro del uso ofensivo e ilegítimo de parte de Francisco. Es más, no solamente debe permitírsele, ¡debe exigírsele!
Con relación a la segunda combinación, prohibir hacerse daño a uno mismo y castigar a quien se lo haga, ¿debe permitírsele a Juan el uso ofensivo e ilegítimo de la fuerza para prohibirle a Pedro hacerse daño? No, razón por la cual tampoco debe permitírsele al Gobierno, y mucho menos exigírsele.
Con relación a la tercera combinación, obligar a hacerles el bien a los demás y castigar a quien no lo haga, ¿debe permitírsele a Juan el uso ofensivo e ilegítimo de la fuerza para obligar a Pedro a hacerle el bien a Francisco? No, razón por la cual tampoco debe permitírsele al Gobierno, y mucho menos exigírsele.
Con relación a la cuarta combinación, obligar a hacerse el bien a uno mismo y castigar a quien no se lo haga, ¿debe permitírsele a Juan el uso ofensivo e ilegítimo de la fuerza para obligar a Pedro a hacerse el bien? No, razón por la cual tampoco debe permitírsele al Gobierno, y mucho menos exigírsele.
Supongamos que eres Pedro, ¿consideras que Juan tiene el derecho de obligarte a no hacerte daño, o de obligarte a ayudar a Francisco, o de obligarte a hacerte el bien? Si consideras que no, entonces, por congruencia, debes de reconocer que el Gobierno tampoco lo tiene, razón por la cual no debe realizar ninguna de esas tres tareas, que sin embargo realiza.
Continuará.