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La reforma constitucional contra el maltrato animal

Antonio Fernández
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Antonio Fernández *Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón. Foto: larazondemexico

Para mis perros Benito y Rufino

Los animales cada día se encuentran más protegidos contra el maltrato, lo cual parece ser una tendencia mundial y un progreso social que se produce principalmente en los países más desarrollados. Por ello, el 20 de noviembre pasado, el Senado de la República aprobó en comisiones la minuta de la reforma a los artículos tercero, cuarto y setenta y tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para elevar a rango constitucional la prohibición del maltrato animal.

La reforma es necesaria, hay estudios, como el del Instituto Belisario Domínguez, que señalan que México ocupa el tercer lugar a nivel mundial en violencia animal y el primero en Latinoamérica. Por ello, la reforma establece diversas disposiciones a la Constitución, para hacerlas armónicas. Por ejemplo; en el artículo tercero, que se refiere al derecho a la educación, se estableció que se enseñe el respeto y cuidado de los animales en los programas educativos, lo cual resulta lógico para una educación integral.

Por su parte la reforma al artículo cuarto, estableció la prohibición expresa del maltrato animal y establece la obligación del Estado de garantizar su protección, trato adecuado y conservación, en virtud de que en dicho artículo se establecen diversos derechos, como los derechos culturales.

Asimismo, la reforma al artículo setenta y tres otorgó al Congreso de la Unión la facultad de emitir una Ley General de Protección y Bienestar Animal para coordinar a los diversos órdenes de gobierno, federal, estatal y municipal, con la obligación de que dentro de los ciento ochenta días siguientes se debe expedir la ley de protección animal a nivel federal.

La reforma constitucional reconoce a los animales como seres sintientes, consolida la protección de los animales como un deber jurídico y ético, para asegurar un trato digno a los animales, regulando al mismo tiempo el uso de la fauna silvestre en espectáculos, así como la forma del sacrificio de los animales para el consumo humano.

En México, según el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (Inegi), 70 por ciento de los hogares tiene al menos una mascota, por lo que se calcula que existen aproximadamente 80 millones de animales en los hogares mexicanos. El maltrato no sólo consiste en causar daño físico, sino en una mala condición de vida, una mala alimentación y no brindar los cuidados adecuados.

La reforma ha sido criticada por no dejar clara la situación de los animales en espectáculos públicos, como las corridas de toros y las peleas de gallos, situación que debería de ser resuelta en la Ley General. Desde luego que es importante tener leyes progresistas, como la que se propone contra el maltrato animal, pero no sirve de mucho si no se establecen las condiciones para su cumplimiento; sin esas condiciones será una ley más entre tantas que tenemos sin aplicarse, además de que primero se deberían de cumplir leyes, como las que prohíben la violencia contra las mujeres y las leyes de protección de la infancia. Sin ello no se puede pensar en que se vaya a lograr la protección de los animales.

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