STRICTO SENSU 

Sentencia contra Cristina Fernández

Mauricio Ibarra *Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón. larazondemexico

El 13 de noviembre, la Cámara de Casación Penal (un tribunal de apelaciones de segunda instancia)emitió una sentencia condenatoria contra la expresidenta de Argentina Cristina Fernández. La resolución confirmó su responsabilidad por el delito de administración fraudulenta en la concesión de obras públicas en la provincia de Santa Cruz.

En la primera instancia, resuelta en diciembre de 2022, Fernández fue hallada culpable de mantener vínculos corruptos con el empresario Lázaro Báez. De acuerdo al reciente fallo, que consta de 1,541 hojas, el desfalco ascendió a casi 85 mil millones de pesos. Ahí se consignan las opiniones de los jueces Barroetaveña y Borinsky quienes coincidieron en votar por confirmar la condena de seis años por administración fraudulenta en perjuicio del Estado, mientras que el juez Hornos propuso ampliar la condena a 12 años, así como sumar el delito de asociación ilícita, lo que no fue aceptado por los otros togados. Barroetaveña subrayó que durante el proceso se demostró que se había seleccionado una modalidad de contratación específica que permitió la cartelización de la obra pública en favor de empresas que respondían a Báez, mismas que no fueron multadas ni los contratos rescindidos a pesar de los incumplimientos. También mencionó la existencia de un decreto firmado por Cristina Fernández que permitió a la dirección de vialidad beneficiarse de los fondos de un fideicomiso para aplicarlo al financiamiento de obras viales, sin enumerar ni describir las obras que se ejecutarían con ese dinero. Hornos, a su vez, señaló que los imputados utilizaron la estructura estatal, abusando de sus cargos para realizar actividades ilícitas en perjuicio del erario, de manera organizada y coordinada por Fernández de Kirchner. Entre los negocios conjuntos listados se incluyen la compraventa de inmuebles, fideicomisos para construcciones, así como permutas y préstamos de dinero. Los integrantes de la Cámara de Casación Penal afirmaron que estos negocios fueron creciendo de manera paralela y concomitante a la adjudicación de obras licitadas y ejecutadas en perjuicio de la dirección nacional de vialidad.

La emisión de la sentencia no significa en el corto plazo que la expresidenta vaya a la cárcel ni que esté impedida de tener un cargo público. Esto porque el fallo no está firme aún y puede ser recurrido por medio de una apelación ante la Corte Suprema. Al conocer la resolución, el presidente Javier Milei declaró que era indudable que la expresidenta era culpable de actos de corrupción y anunció que su Gobierno retirará la pensión que recibe la expresidenta por haber sido jefa de Estado, así como la jubilación obtenida por ser viuda de Néstor Kirchner. Mientras tanto, Cristina Fernández es libre y sigue haciendo política. Hace unos días asumió la presidencia del justicialismo con la intención de ordenar la oposición al Gobierno de Milei con miras a las elecciones legislativas del año entrante. Habrá que estar pendientes de la resolución que más adelante emita la Corte Suprema.

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