En economía hay tres tipos de leyes. Naturales, que son anteriores y superiores al ser humano. Positivas, que son posteriores e inferiores al ser humano. Éticas, que son principios generales de conducta, en este caso aplicados a la economía.
Desde el punto de vista de la ética, en general, y de la dignidad de los seres humanos, en particular, la economía debe estar al servicio de las personas, contribuyendo a su más plena realización posible, tarea en la cual los empresarios, cuya tarea es producir y ofrecer bienes y servicios, juegan un papel importante, no debiendo ignorar su responsabilidad ética.
¿Cómo puede un productor y oferente de drogas, que atentan contra la salud, la vida y la dignidad de las personas, justificar lo que hace? Argumentando algo así: yo produzco y ofrezco drogas, que los drogadictos compran voluntariamente, sin que yo los obligue, y que consumen para satisfacer una necesidad, que satisfacen gracias a mí, razón por la cual soy su benefactor, ¡todo lo cual es cierto! El productor y oferente de drogas no obliga al drogadicto a comprarlas, quien las compra forzado por su vicio. Si las consume satisface una necesidad fuerte e ineludible, y quien le ayuda a satisfacerla, precisamente por ello, resulta su benefactor.

Rocha Cantú en París
La pregunta que el productor y oferente de drogas debe hacerse es: ¿las necesidades insatisfechas del drogadicto (debe consumir drogas), su poder adquisitivo (tiene dinero para pagarlas), y las cuantiosas ganancias que obtengo, son razones éticamente válidas para que produzca y ofrezca drogas? No, dadas las consecuencias negativas que su consumo tiene sobre la salud, la vida y la dignidad del drogadicto.
Dadas las consecuencias negativas del consumo de drogas, ¿debe el gobierno prohibirlas? No porque, por más negativas que sean sus consecuencias, no se violan derechos, y las únicas conductas que el gobierno debe prohibir y castigar son las que los violan: matar, viola el derecho a la vida; secuestrar, viola el derecho a la libertad; robar, viola el derecho a la propiedad, y ni la producción ni el consumo de drogas viola derechos. Son conductas éticamente cuestionables, pero no injustas. Es una cuestión ética, de autonomía, de la capacidad para imponerse normas de conducta uno mismo y de obedecerlas voluntariamente, no legal, de heteronomía, de la imposición, de parte de otros, de normas de conducta y de la obligación de obedecerlas bajo amenaza de castigo.
Consideremos la primera ley del mercado: Allí donde el consumidor esté dispuesto a pagar el precio al que el oferente está dispuesto a proveerlo, consideraciones éticas aparte, habrá oferta.
¿Por qué hay oferta de drogas? Porque, consideraciones éticas aparte, el drogadicto está dispuesto a pagar el precio al cual el productor está dispuesto a ofrecerle. ¿Qué debe pasar para que no se ofrezcan? Que, consideraciones éticas de por medio, relacionadas con las consecuencias del consumo de drogas en la salud, la vida y la dignidad de las personas, el productor decida no producirlas, aunque los drogadictos tengan necesidad, aunque tengan poder de compra, aunque ni su producción ni consumo violen derechos.
¿Qué debe poder más en la toma de decisiones de quienes producen y ofrecen drogas? ¿Los principios éticos o las ganancias millonarias?

