Antonio Fernández Fernández

La cadena de responsabilidad por la muerte de Aitana Betzabé

ANTINOMIAS

Antonio Fernández Fernández*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Antonio Fernández Fernández
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Por:

“¿Cómo vivir en un mundo con el que uno no está de acuerdo?”

Milan Kundera

Toda muerte es una tragedia, pero hay algunas muertes que son grandes tragedias, por absurdas e inesperadas, como el caso de la niña Aitana Betzabé, con apenas seis años, quien murió el pasado 10 de julio, en el hospital 18 del Instituto Mexicano del Seguro Social, en Playa del Carmen, estado de Quintana Roo.

La muerte ocurrió al ser trasladada en una camilla por Víctor Flores, que, al entrar al elevador, éste se cierra, y queda atrapada entre las puertas del mismo, el cual inicia su ascenso, provocando la muerte de la menor. Lo absurdo es que había llegado al hospital por estar enferma de dengue, del cual ya estaba curada y lista para ser dada de alta.

Como normalmente sucede en México, los primeros responsables son las personas de los niveles laborales inferiores, por ello inmediatamente se señaló como el principal responsable al camillero Víctor Flores, aunque eso correspondía a la Fiscalía General del Estado (FGE) de Quintana Roo, la cual de inmediato lo detuvo.

Ante las protestas de la opinión pública, lo cuestionable de la pronta detención sin haber realizado una profunda investigación, el miércoles 12 de julio fue liberado Víctor Flores.

Hay que señalar que el elevador presentaba fallas previas a la muerte de la menor, y no se tomaron las medidas preventivas correspondientes, como cancelar el servicio del elevador.

El mismo miércoles 12 de julio, la FGE consideró como posibles responsables a la empresa encargada del mantenimiento del elevador, Soluciones Integrales de Transportación Vertical en México, Sociedad Anónima, así como a los funcionarios encargados del mantenimiento y conservación del hospital, hasta deslindar responsabilidades.

Este mismo año se avaló la calidad del servicio de la empresa, señalando que tiene capacidad de respuesta de 30 minutos para atender una emergencia, con atención las 24 horas del día y los 365 días del año.

Ante este tipo de tragedias suele ocurrir que las autoridades, lo primero que hacen, es tratar de implicar a los mandos medios y bajos, y en todo caso, a la empresa encargada del mantenimiento, y dentro de la empresa harán responsable a alguno de los empleados de menor rango.

La cadena de responsabilidades debe de revisarse para conocer por qué no se realizó el mantenimiento adecuado al elevador. A lo mejor fue por falta de presupuesto. De ser así, se tiene que analizar desde donde parte dicha disposición, o fue por falta de supervisión del área de mantenimiento que no reportó a la empresa la falla, o fue reportada y mal atendida por personal de la empresa.

En este trágico acontecimiento, además de la responsabilidad penal y civil de todos los que fueren señalados por la FGE, además de la sanción de carácter penal, existe una responsabilidad civil y un daño moral causado a los padres de la menor por la muerte de su hija, los cuales deberán de ser reparados (aun y cuando la muerte es irreparable) mediante una seria indemnización, porque solo así se pondrá más atención a este tipo de fallas.