Las reglas para nombrar al director del CIDE

ANTINOMIAS

Antonio Fernández Fernández&nbsp;<br>*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.<br>
Antonio Fernández Fernández *Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón. Foto: larazondemexico

“La educación es el arma más poderosa que puedes usar para cambiar el mundo”

Nelson Mandela

El Centro de Investigación y Docencia Económicas, Asociación Civil (CIDE), se constituyó el 25 de noviembre de 1974, ante el notario seis de la CDMX, durante el gobierno de Luis Echeverría, iniciando clases ese mismo año, con el objeto de impartir educación de excelencia, y para ello aglutinaron a los más brillantes profesores.

Al constituirse el CIDE con la forma de una asociación civil, pero formando parte de la administración pública federal siendo considerada una entidad paraestatal, y regulada por la Ley de Entidades Paraestatales, tiene una naturaleza híbrida, es decir, al mismo tiempo que es una asociación civil de índole privado, también tiene un régimen de derecho público.

Como toda persona moral, las asociaciones civiles se rigen en primer lugar por sus estatutos, y en este caso, en segundo lugar, por la Ley del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Conacyt, por la Ley de Entidades Paraestatales y el Código Civil Federal.

De acuerdo con el artículo sexto de sus estatutos, el CIDE tiene como objeto social producir y difundir conocimiento a través de investigación científica sobre aspectos de la realidad social contemporánea, y contribuir al desarrollo del país, lo cual ha logrado, y es una de las mejores universidades del país.

En gran parte el éxito del CIDE ha sido haber elegido a los mejores profesores, y por supuesto contar con un liderazgo inobjetable en su director, por ello es importante para la comunidad de estudiantes y académicos, que el director goce de reconocimiento y sea elegido por consenso.

Como toda asociación civil, el CIDE se integra por asociados, que en este caso son: las secretarías de Educación Pública, de Hacienda, de Energía, y de Economía, así como el Colegio de México, el Fondo de Cultura Económica y el Banco de México, todos ellos constituyen la asamblea general de asociados.

También el CIDE cuenta con un Consejo Directivo, integrado por los representantes de los asociados, más un representante del Centro de Investigaciones en Matemáticas, y del Instituto Nacional Electoral, además de cuatro consejeros invitados por el director del Conacyt; dicho Consejo, entre otras cosas, se encarga de formalizar el nombramiento del director.

El cargo de director, de acuerdo con el artículo treinta de los estatutos, deberá realizarse por medio de una auscultación interna para identificar a los aspirantes dentro del CIDE; también se conformará un grupo de auscultación externa, integrado de seis a nueve miembros nombrados por el director del Conacyt, quienes conformarán una propuesta de entre tres y cuatro candidatos, debiendo incluir alguno de los de la auscultación interna, de todos ellos, el director del Conacyt elegirá alguno para el cargo de director del CIDE.

El problema del reciente nombramiento del nuevo director del CIDE es que parece ser que no se llevó a cabo conforme al procedimiento señalado y, de ser así, seguramente procederá la interposición de juicios de nulidad contra la elección, o el juicio de amparo. Mientras hay una huelga de alumnos, ¿qué sucederá?

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