Arturo Damm Arnal

¿Inconstitucional?

PESOS Y CONTRAPESOS

Arturo Damm Arnal*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Arturo Damm Arnal
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
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Leemos, en el artículo 28 de la Constitución, que “en los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos, las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes”.

Lo cual implica que, en materia tan delicada como la del gobierno metiendo la mano en el bolsillo de los ciudadanos, obligándolos a entregarle parte del producto de su trabajo, que eso es cobrar impuestos, a todos debe tratárseles igual, sin condonaciones (condonar: perdonar o remitir una pena de muerte o una deuda), ni exenciones (eximir: librar, desembarazar de cargas, obligaciones, cuidados, culpas, etc.).

Menciono lo anterior por el trato preferencial (preferente: que tiene preferencia o superioridad sobre algo; preferencia: primacía, ventaja o mayoría que alguien o algo tienen sobre otras personas o cosas) que, en materia de impuestos, se les da, y se pretende seguirles dando, a los contribuyentes fronterizos, mismo que, dependiendo de la interpretación del artículo 28 constitucional, que prohíbe la exención y condonación de impuestos, puede resultar inconstitucional.

AMLO anunció que antes de que termine su gobierno mandará una iniciativa al Congreso de la Unión para que se mantengan, en las zonas fronterizas, las tasas de IVA e ISR al 50 por ciento, lo cual plantea, dado que ese trato preferencial para unos es discriminatorio para el resto (discriminar: dar trato desigual a una persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, de sexo, de edad, de condición física o mental o, como en este caso, por razones geográficas), esta pregunta: ¿por qué a ellos sí y a los demás no? ¿Dónde queda la legitimidad de un gobierno que trata de manera desigual a quienes debe tratar de manera igual, sobre todo en materia tan delicada como la del gobierno metiendo la mano en el bolsillo de los ciudadanos, obligándolos a entregarle parte del producto de su trabajo?

AMLO está reconociendo, implícitamente, que la reducción de impuestos, sobre todo a partir del elevado nivel de tributación que se impone en México, es condición necesaria para lograr mayor progreso económico en beneficio de las personas, que es lo que se pretende conseguir en las fronteras. Lo que, para incentivar el progreso y elevar el bienestar, es bueno para algunos, ¿no lo es para todos?

La pregunta más importante es esta: la reducción a la mitad de las tasas de IVA e ISR, en las fronteras, ¿no es, ya que la Constitución prohíbe la exención y condonación de impuestos, inconstitucional? Cierto: no se les está, a los contribuyentes fronterizos, ni eximiendo del pago de impuestos (no pagues lo que deberás pagar), ni condonando el pago de impuestos (ya no pagues lo que deberías haber pagado y no pagaste). Solamente se les está cobrando menos. De acuerdo, ¿pero cuál es el espíritu de la Constitución en este punto, cuál la intención que buscaban los constituyentes al prohibir exenciones y condonaciones de impuestos? ¿Mismo trato para todos? Si es así, entonces el trato preferencial en materia de IVA e ISR en las fronteras es inconstitucional. Si es así, ¿qué procede? Y si procede, ¿quién debe proceder?

No olvidemos que AMLO juró respetar, y hacer respetar, la Constitución.