Nada que curar

HABLANDO DE DERECHOS

Jacqueline L'Hoist Tapia<br>*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.<br>
Jacqueline L'Hoist Tapia*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón. larazondemexico

Después de casi seis años de presentarse la iniciativa de reforma al Código Penal Federal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar los ECOSIG (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género), conocidos también como “terapias de conversión”, se aprobó hace un mes esta iniciativa en la Cámara de Diputados, y la semana pasada finalmente fue aprobada por el Senado.

Ciertamente, estamos ante un hecho histórico para toda la comunidad LGBTTTIQ+ de México, que, al mismo tiempo, marca un hito en la lucha por los Derechos Humanos. Esta reforma representa un paso más en el reconocimiento y respeto de la diversidad sexual y de género.

Cuando fui presidente de Copred emitimos la primera resolución sobre este tipo de prácticas, esto fue a razón de la llegada a México de Richard A. Cohen, quien se presentaba como un escritor, conferencista que en el fondo organiza seminarios y charlas basados en sus teorías para cambiar la orientación sexual de personas homosexuales y bisexuales, que no deseaban serlo, posteriormente, tuve la oportunidad de conocer a una de las organizaciones impulsoras de esta iniciativa Yaaj México al frente de Iván Tagle, un activista extraordinario.

Las terapias de conversión o ECOSIG han sido, por décadas, una práctica violatoria de los Derechos Humanos, que ha deshumanizado a miles de personas. Todo esto bajo la creencia de que las personas de la diversidad sexual deben modificar su orientación sexual o identidad de género, y prueba de que estas prácticas pseudocientíficas no son más que una expresión de odio a la comunidad LGBTTTIQ+, son los métodos coercitivos y violentos que se suelen emplear, mediante los cuales muchas personas han sido víctimas de violencia sexual, tortura e incluso prácticas de “exorcismo”. La prohibición de las ECOSIG en México es un paso crucial para garantizar la seguridad, la salud y el bienestar de las personas LGBTTTIQA+, ya que estas prácticas no sólo carecen de evidencia científica, sino que también pueden causar graves daños físicos y psicológicos a quienes las sufren. Hoy sabemos que la sanción por la práctica de ECOSIG puede ser de 2 a 6 años de cárcel y multas de 108 a 216 mil pesos, que a todo el personal de salud que incurra en estas prácticas se le podrá suspender el ejercicio profesional hasta por tres años y algo muy importante, si este tipo de conductas se llegan a ejercer a personas menores de edad, las sanciones aumentarán el doble, tomando así en cuenta el interés superior de la niñez y la adolescencia.

Con esta ley, México se une a un número creciente de países que han prohibido las ECOSIG, incluyendo Argentina, Brasil, Chile, Colombia y Uruguay. La aprobación de esta ley es un gran avance, pero aún queda trabajo por hacer para garantizar su plena implementación. Es importante que se desarrollen campañas de sensibilización para informar a la población sobre los riesgos de las ECOSIG y cómo denunciarlas. Por otro lado, también es necesario fortalecer las instituciones y mecanismos para garantizar el acceso a la justicia para las víctimas de estas prácticas.

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