Josefina Vázquez Mota

Vacunas como derecho y obligación

SIN MIEDO

Josefina Vázquez Mota
Josefina Vázquez Mota
Por:

El Senado de la República aprobó, el pasado miércoles 29 de septiembre, que la vacunación para niñas, niños y adolescentes en México sea obligatoria, con el fin de garantizar el derecho a la salud y a la prevención de un sinnúmero de enfermedades, pues de acuerdo con el Observatorio Mexicano de Vacunación (Omevac), hasta julio de este año sólo uno de cada 10 menores de un año recibió completo el Esquema Nacional de Vacunación.

Mientras que de los menores de entre uno o dos años, sólo dos de cada 10 recibieron el esquema completo; y de los cuatro a cinco años, fueron vacunados cuatro de cada 10. Esto debido a la falta de dosis en las clínicas, hospitales y centros de salud y a la pandemia del Covid-19, convirtiéndose en el sector poblacional más vulnerable ante enfermedades virales.

La reforma a la Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, a la Ley General de Salud y a la Ley General de Educación establece que durante la reinscripción escolar los padres de familia o tutores deberán presentar obligatoriamente la cartilla de vacunación, para evitar rebrotes de enfermedades como el sarampión, difteria, tétanos, entre otras.

En lo que va del año, en México se han registrado 196 casos de sarampión cuyo rango de edad se encuentra entre los tres meses y los 68 años. El 69 por ciento de los pacientes contagiados no había recibido la dosis contra esta enfermedad, pues la consideraban erradicada, o bien, la adquirieron en un país al que viajaron, según autoridades sanitarias.

Es prioritario hacer campañas, programas y apoyos que faciliten la vacunación sin importar la seguridad social que se tenga, y para que los residentes en México se vacunen según el Programa de Vacunación Universal.

La reforma señala también que todas las personas que ejerzan la patria potestad, tutela, guarda o sean responsables de menores de edad o incapaces, tendrán la responsabilidad de acudir a los centros de salud o clínicas para que reciban las dosis contenidas en la Cartilla Nacional de Vacunación.

De no hacerlo, sin que medie justificación médica certificada para contravenir la obligación, se dará lugar a las Procuradurías de Protección para que hagan uso de las atribuciones que la ley les confiere y realicen acciones que hagan efectiva la vacunación.

Los servicios educativos, públicos o privados, deberán verificar el cumplimiento de la cartilla de vacunación con la intención de canalizar a la institución de salud correspondiente a quienes no cuenten con el documento o lo tengan incompleto.

Las niñas, niños y adolescentes deben contar y tener en orden el Esquema Nacional de Vacunación, y el Gobierno federal tiene la obligación de garantizar las vacunas oportunas como parte de los derechos de los menores a la salud en apego al principio del interés superior de la niñez.

Este dictamen aprobado deja en claro que las niñas, niños y adolescentes no estarán sujetos a modas o caprichos que atenten contra su prevención y salud, pues hace obligatoria la vacunación. Todo ello, mientras esperamos con impaciencia la llegada de una vacuna contra el Covid-19, que haga posible volver a encontrarnos.