El caso Keira Bell

STRICTO SENSU

Mauricio Ibarra
Mauricio Ibarra Foto: La Razón de México

A partir del pasado 1 de diciembre, cambiaron radicalmente las condiciones del tratamiento clínico realizado en hospitales de Inglaterra a menores de edad que presentan disforia de género (sensación de angustia que pueden sentir las personas cuya identidad de género difiere del sexo de nacimiento).

Ello, como resultado de una demanda presentada por Keira Bell, mujer de 23 años, quien comenzó a utilizar bloqueadores de pubertad a los 16, ingirió testosterona y se hizo una doble mastectomía. La demandante señaló que el personal de la Clínica Tavistock (único centro del país especializado en identidad de género de jóvenes), debió cuestionar con mayor énfasis su decisión para emprender la transición.

La resolución unánime del tribunal londinense, presidido por la magistrada Victoria Sharp, señala que un menor de 16 años podría consentir el uso de medicamentos para suprimir la pubertad únicamente cuando sea competente para entender la naturaleza del proceso de transición. Dicha comprensión, precisa, debe incluir las consecuencias inmediatas y de largo plazo del tratamiento, la limitada evidencia existente respecto a su eficacia, el hecho que la mayoría de los pacientes continúa usando hormonas el resto de su existencia, así como las potenciales consecuencias del cambio de vida.

Un menor que desee alterar su cuerpo para asemejarlo al del sexo opuesto está comprometiéndose a una vida de tratamientos médicos. En el caso de mujer a varón, por ejemplo, además de la doble mastectomía, deberá tomar regularmente testosterona, por lo que desarrollará la aparición de vello facial y profundización de la voz. Algunos de estos cambios son irreversibles, lo que podría provocarle estrés si cambia de parecer, como el caso de Keira Bell.

Los juzgadores ingleses determinaron que existen grandes dificultades para que los menores ponderen esa información y otorguen su consentimiento para utilizar bloqueadores de pubertad. De ahí que concluyeran que es altamente improbable que los adolescentes de 13 años y menores sean competentes para consentir la administración de medicamentos. Además, consideraron dudoso que los de 14 y 15 años tengan la capacidad de entenderlo y ponderar los riesgos de largo plazo. El tribunal señaló que los jóvenes mayores de 16 años sí poseen la capacidad de dar su consentimiento. Sin embargo, en los casos de reasignación de género, dadas las consecuencias de largo plazo de las intervenciones clínicas, determinó que, antes de comenzar el tratamiento clínico, cuando los bloqueadores de pubertad puedan conducir a operaciones quirúrgicas, los médicos deberán contar con autorización de los tribunales.

Hasta antes de la resolución, la Clínica Tavistock había proporcionado bloqueadores de pubertad a 95 menores entre 11 y 16 años, y a tres menores de 10. Actualmente el tratamiento les ha sido suspendido, lo que ha provocado protestas de diversas organizaciones, como Amnistía Internacional. Destaca que la sentencia no cuestiona en absoluto la existencia del consentimiento informado entre los pacientes, sino más bien si éste debe considerársele legalmente válido al ser dado por menores de edad.

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