Tribunales e información

STRICTO SENSU

*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.<br>
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón. larazondemexico

El 14 de septiembre, la organización México Evalúa publicó una propuesta de contenidos mínimos de información e indicadores que deberán realizar y publicar los poderes judiciales tanto el federal como los de las 32 entidades federativas. La propuesta, basada en información ya generada regularmente, está orientada a cumplir un doble propósito.

Por un lado, busca que la información sea aprovechada al interior de esas instituciones y, por el otro, que la ciudadanía esté en posibilidad de conocer mejor sus procesos, decisiones y recursos a fin de evaluar su desempeño.

Como cualquier organización pública, los poderes judiciales precisan de información veraz con el objeto de cumplir con sus atribuciones. Según el reporte, existe una gran diferencia entre la información proveniente del Poder Judicial y la originada en los otros dos poderes. La variación de los datos producidos en la administración pública y las legislaturas, respecto a la generada en las judicaturas, se origina en que las últimas están integradas esencialmente por profesionales en derecho. El entrenamiento de los abogados se orienta a pensar y razonar en escenarios y contextos particulares que establecen disparidades sociológicas, metodológicas y procedimentales. Al enfocarse en la resolución de casos concretos, los abogados son incapaces de establecer categorías generales. Esto provoca una enorme discrepancia entre la información requerida para cumplir con las atribuciones jurisdiccionales y administrativas, con la que realmente producen y la que se hace pública. El resultado es un enorme acervo informativo, difícil de clasificar uniformemente y de escasa utilidad para hacer análisis comparativos.

En principio, los autores del reporte revisaron los datos originados en tres fuentes: la información publicada en los portales electrónicos institucionales, las obligaciones en materia de transparencia (tanto la contenida en los portales como la de la Plataforma Nacional) y las respuestas dadas a las solicitudes de información. La revisión de estas fuentes se plasmó en una base de datos. Adicionalmente, se realizaron estudios exploratorios con los poderes judiciales de tres entidades federativas (Chihuahua, Estado de México y Nuevo León) para detectar sus retos.

Los resultados muestran gran heterogeneidad de la información. Esto no sorprende al considerar la naturaleza federal del régimen constitucional. No obstante, las marcadas diferencias se refieren más bien al grado de cumplimiento de las obligaciones legales y la calidad de los datos que son presentados. Las carencias de muchas judicaturas locales, reflejadas en diversos recursos disponibles y preparación de sus integrantes, impactan en la calidad de la información generada. Esto provoca desigualdades en los niveles de cumplimiento de las obligaciones de transparencia, de modo que coexisten poderes judiciales con niveles sobresalientes en la amplitud y detalle de la información generada, con otros que reportan datos sin confiabilidad. Ello ocurre incluso a nivel federal, pues el Tribunal Electoral presenta un índice de cumplimiento menor a los de la Suprema Corte y el Consejo de la Judicatura. El reporte finaliza proponiendo establecer 27 indicadores, que abarcan del desarrollo institucional a la cooperación federal, cuya adopción permitirá hacer análisis comparativos más certeros.