Publican NOM para disposición de sangre humana con fines terapéuticos

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México.- La Secretaría de Salud (SSA) publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-253-SSA1-2012 para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos, con la cual se regulará e incrementará la autosuficiencia de los productos sanguíneos y garantizará la máxima reducción de riesgos asociados.

La norma publicada este viernes en el Diario Oficial de la Federación señala que los productos sanguíneos deberán reunir los requisitos de calidad necesaria a fin de que resulten inocuos o no patogénicos, funcionales y viables.

Para ello, la evaluación del donante, obtención, extracción, análisis, conservación, preparación, suministro, transportación, recepción, utilización y destino final se efectuará observando los lineamientos que establece la norma.

Menciona que para garantizar la seguridad y calidad de las unidades de sangre y componentes sanguíneos, así como la de los servicios prestados, los bancos de sangre y los servicios de transfusión, deberán contar con un sistema de gestión de la calidad, especificado en un manual de calidad.

En tanto que para lograr el abasto oportuno bajo condiciones de seguridad, eficiencia, transparencia y legalidad, los bancos de sangre llevarán a cabo convenio con otros centros de su tipo´.

No obstante, en caso de urgencias transfusionales, éstos deberán suministrar los componentes sanguíneos aun sin convenio siempre y cuando el director lo autorice.

En caso de donantes regulares o de repetición, que en alguna donación se detecte la presencia de un agente transmisible por transfusión, se deberá localizar y notificar al o a los receptores de donaciones previas con el fin de investigar la posibilidad de una transmisión de un agente infeccioso.

La notificación, señala la norma, deberá hacerse en un lapso que no exceda de ocho días contados a partir de obtener un resultado confirmado y con un mínimo de tres intentos de localización.