'La Rosalía' se presentó ante miles de personas que disfrutaron su concierto gratis en el Zócalo de la Ciudad de México. Aunque la presentación, que además fue su cierre de gira, fue ovacionada por amantes de la música, también se vio envuelta en controversia.
Tal es el caso de las críticas que recibió luego de que mostró una bandera mexicana modificada, la cual fue intervenida con la frase 'motomami'. En redes sociales fue cuestionada por su acción e incluso en un video viral de TikTok le indicaron "los mexicanos exigimos una disculpa por insultar a nuestra bandera".
La foto de Rosalía que exhibe el creador de contenido Ernesto Chavana es del pasado mes de junio de 2022; la cantante española posó con la bandera intervenida y sus peluches del Dr. Simi en un concierto de Monterrey.
El usuario se mostró molesto por la bandera de México intervenida con la frase 'motomami'; en tono de enfado, cuestionó quién había asesorado a la interprete de "Con altura", dijo: "¿por qué te atreviste a faltarnos al respeto a los verdaderos patriotas que defendemos nuestros símbolos, eso de pintar de rayar nuestra insignia ha sido una ofensa que no podemos dejar pasar" y afirmó que debería estar en la cárcel.
Asimismo señaló que quienes habían contratado a la cantante 'las leyes es lo que menos acatan (...) muchos mexicanos que hemos visto el insulto, exigimos que respondas al agravio cometido'.
Finalmente recalcó que en el artículo 192 de la Constitución señala que quien haga "uso indebido del escudo insignia o himno nacional, se le aplicarán de tres días a un año de prisión y una multa de 25 mil pesos".
Rosalía es criticada, pero, ¿es ilegal modificar la bandera?
Según el gobierno de México, "toda reproducción del Escudo Nacional deberá corresponder fielmente al modelo a que se refiere el Artículo 2o. de esta Ley -sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales-, el cual no podrá variarse o alterarse bajo ninguna circunstancia".
En el artículo 6, señala que solo las autoridades podrán hacer uso del escudo sin autorización, sin embargo "las Instituciones y personas físicas, previa autorización de la Secretaría de Gobernación y apegándose estrictamente a lo establecido en los artículos 2o. y 5o. de la presente Ley, podrán reproducir el Escudo Nacional cuando contribuya al culto y respeto de dicho Símbolo Patrio, así como a difundir su origen, historia y significado".
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