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Por unanimidad

Máynez libra acusación por calumnia contra Añorve, pero multan a MC con más de 16 mil pesos

El TEPJF determinó que MC incurrió en una conducta grave al no advertir dicha situación, por lo cual lo multó con 16 mil 885.50 pesos

Jorge Álvarez Máynez libra acusación por calumnia contra Manuel Añorve.Foto: AP
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La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) exoneró al excandidato presidencial de Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez, de haber incurrido en actos de calumnia en contra del senador del PRI, Manuel Añorve; sin embargo, determinó que el partido incurrió en una conducta grave al no advertir dicha situación, por lo cual lo multó con 16 mil 885.50 pesos.

En la sesión pública, los tres magistrados de la sala aprobaron por unanimidad que solo debería ser sancionada dicha fuerza política, porque fue la que publicó el spot publicitario en las redes sociales donde hubo “la existencia de calumnia” de que el PRI de Enrique Peña Nieto y Manuel Añorve “saqueaban Guerrero y lo entregaban al crimen organizado”.

El magistrado Rubén Jesús Lara Patrón, señaló que “no veo para establecer una sanción a Jorge Álvarez Máynez. Propongo decir que no se le sancione a él”.

En tanto, la magistrada Mónica Lozano Ayala coincidió con su contraparte de solo sancionar a Movimiento Ciudadano por ser responsable de dicha publicación en las redes.

Manuel Añorve denunció ante la FGR a Jorge Álvarez Máynez por el spot.Foto: Especial.

La Sala Superior del TEPJF ordenó a la Especializada investigar de nuevo al excandidato presidencial, Álvarez Máynez, por el promocional donde acusa al PRI y al entonces abanderado guerrerense Añorve Baños, lo que consideraron podría tratarse de calumnia.

En su primera resolución, la Sala Regional Especializada resolvió que no existía calumnia, pues se trató únicamente de una crítica dura, propia del periodo de campañas.

El PRI impugnó y la Sala Superior le dio la razón, pues la Sala Especializada nunca justificó cómo es que las frases del entonces candidato presidencial no son la imputación de hechos o delitos falsos, si hay una clara vinculación con el crimen organizado.

“Se estima que la imputación de una actividad ilícita al ahora actor sin existir elementos de prueba que amparen esas afirmaciones constituye una acusación injustificada, especialmente considerando las acusaciones relacionadas con el crimen organizado que tienen un impacto importante en la opinión pública por la naturaleza propia del delito que se imputa, máxime que se encontraba en curso la etapa de campañas electorales en el proceso electoral federal”, indicó el proyecto aprobado.

Al resolver este lunes el juicio interpuesto por el PRI, los magistrados de la Sala Especializada argumentaron que Movimiento Ciudadano no probó la existencia de una resolución que haya determinado su responsabilidad en la conducta ilícita que se le haya atribuido.

Lo anterior, expusieron, es una conducta grave ordinaria por lo cual se ordena imponer una multa de 16 mil 885.50 pesos.

El magistrado Luis Espíndola mencionó que “nosotros solo debemos analizar la responsabilidad del denunciado y determinar la sanción aplicable, a partir de la calificación de la gravedad del acto”.

JVR