El Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAS por sus siglas en francés) ratificó la suspensión de cuatro años a la marchista mexicana Lupita González, quien dio positivo por trembolona en un control antidopaje en 2018.
"Basado en las consideraciones, el panel encuentra que quien apela no puede demostrar en el balance de probabilidades como es que la sustancia entró a su cuerpo y tampoco demostró que haya actuado sin intención. Como resultado, la conclusión debe ser que fue intencional", señala el punto 87 del documento del TAS.
La defensa de González Romero, medallista de plata en los 20 kilómetros en los Juegos Olímpicos de Río 2016, argumento que la atleta habñia consumido la sustancia en carne contaminada.
Sin embargo, Christiane Ayotte, directora del Laboratorio de Montreal acreditado por la Agencia Mundial Antidopaje, indicó que la cantidad de trembolona (un nanogramo) que se encontró en la muestra de orina de la originaria de Tlalnepantla, Estado de México, no demuestra que ingresó a su cuerpo por haber ingerido carne.
La sanción impuesta por a Unidad de Integridad de Atletismo de World Athletics a la mexicana comenzó a correr en noviembre de 2018 y culminará en el penúltimo mes de 2022, motivo por el que no podrá participar en los Juegos Olímpicos de Tokio, pospuestos para el verano de 2021 a causa de la pandemia del nuevo coronavirus.
EVG