La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) anunció que acudirá a instancias internacionales de derechos humanos para impugnar la “mordaza inaceptable” que aseguran que supone la restitución de las atribuciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para emitir los lineamientos de la defensa de las audiencias, o en su caso nuevas reglas.
El organismo consideró que la resolución a la sentencia de amparo en revisión 499/2020 por parte de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), es un ataque directo a la libertad de expresión, al derecho a la información y a los derechos de las audiencias"
Por lo anterior, a través de un comunicado, la CIRT anunció que impugnará dicho fallo ante instancias internacionales de derechos humanos y ante el Consejo de la Judicatura Federal.
“Los efectos perniciosos de esta decisión judicial pegan de lleno en la democracia, en el Estado de derecho y en los derechos humanos, generando un peligroso escenario para las libertades en México que inhibirá la actuación de los medios de comunicación y reducirá las fuentes de información disponibles para los ciudadanos”, advirtió.
Además, la organización presentará una queja ante el Consejo de la Judicatura Federal por la conducta de un juez en materia administrativa, al negar el derecho de comparecer en el juicio a la CIRT, así como una solicitud de emergencia ante el IFT para explicar a los comisionados los lineamientos que se pretenden revivir.
La Cámara entablará diálogo con medios públicos federales y estatales para sensibilizar al Congreso de la Unión del riesgo de que se imponga regulación editorial, acudir a la CNDH y solicitar un amparo colectivo en caso de que el IFT reviva los lineamientos de 2016.
Los efectos perniciosos de esta decisión judicial pegan de lleno en la democracia, en el estado de derecho y en los derechos humanosCIRT, Comunicado
Los empresarios de radio y televisión agrupados en la Cámara advirtieron que los lineamientos de 2016 suponen control editorial sobre los medios de comunicación, basados en mecanismos de censura a la libertad de expresión.
Entre esas herramientas está la de imponer obligaciones, como que los conductores, noticieros y en general cualquier persona que haga uso del micrófono en radio y televisión, deberán diferenciar de manera clara, a juicio del IFT, entre opinión e información a través de campanillas o anuncios.
Otros puntos son controlar la designación y actuación del defensor de audiencias, injerencia en la libertad editorial de cada medio de comunicación al poder rechazar los contenidos de su Código de Ética y suspensión precautoria de transmisiones.
“Constituye un grave retroceso, configura un modelo de censura, suprime la autorregulación y se viola flagrantemente la Constitución, por lo que se hace un llamado al trabajo jurídico conjunto para que a través de las instituciones del Estado se corrijan los excesos y riesgos del fallo judicial”, advirtió.
Y añadió que es importante “que los comunicadores conozcan que los derechos de audiencias no se protegen por medio de la censura, ya que las restricciones descritas restringirán la discusión libre y fluida de la información y opiniones; los derechos de nuestros radioescuchas y televidentes a decidir libremente lo que ven y escuchan”.
- El dato: La organización también criticó que la resolución de la Corte contraviene la Ley de Amparo, pues su efecto sólo es aplicable al quejoso.
LRL