Reforma Electoral

Consejería Jurídica prepara impugnación a la suspensión del primer paquete del Plan B

Promoverá los medios de impugnación legales para revertir los efectos de una decisión que, en caso de comprobarse, sería “arbitraria e ilegal”; la Consejería aseguró que no pueden conceder la suspensión del decreto

Suprema Corte de Justicia de la Nación
Suprema Corte de Justicia de la Nación Foto: Especial

La Consejería Jurídica de la Presidencia prepara una impugnación a la resolución del ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alberto Pérez Dayán, quien admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el PRI, PAN, PRD, Movimiento Ciudadano, diputados y senadores, en contra del primer paquete de leyes del llamado “Plan B de la reforma electoral”.

De acuerdo con la Consejería Jurídica, el ministro no puede conceder la suspensión de dicho decreto para que no aplique en los procesos que ya se encuentran en curso en el Estado de México y Coahuila, porque violaría la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 Constitucional.

Esa ley, en el último párrafo del artículo 64 establece que “la admisión de una acción de inconstitucionalidad no dará lugar a la suspensión de la norma cuestionada”.

Aunque reconoció que hasta la tarde de este martes no había recibido una comunicación oficial que confirme, precise o desmienta el comunicado difundido por la SCJN, calificó como “inusitado” que el ministro Pérez Dayán hubiera asumido una resolución en ese sentido.

Adicionalmente, señala la Consejería Jurídica de la Presidencia la Ley General de Comunicación Social, regula el gasto público en la materia, pero no habla nada en materia electoral, incluso hay un criterio de la Primera Sala del Tribunal Constitucional la 52/2018, cuando “se impugnó la misma norma, que dichas disposiciones legales carecen de una naturaleza electoral”.

Ante esto, anunció que promoverá los medios de impugnación legales para revertir los efectos de una decisión que consideró, en caso de comprobarse, sería “arbitraria e ilegal”.

En un comunicado de prensa distribuido por la SCJN, titulado “SCJN admite a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas en contra del decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y concede suspensión”, el tribunal constitucional dio a conocer la resolución del ministro Pérez Dayán.

“El ministro Alberto Pérez Dayan admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos políticos PRD, PAN, PRI y Movimiento Ciudadano, así como diversos diputados y senadores integrantes de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, contra el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”, se lee en el comunicado, distribuido ayer.

Agrega que se desechó la presentada por el partido político local de Jalisco, “Hagamos”.

Sin embargo, el párrafo que provocó la reacción de la Consejería Jurídica señala que “también dictó proveído en el que concedió la suspensión de dicho Decreto para el efecto de que no rija en los procesos electorales que se encuentran en desarrollo en el Estado de México y Coahuila, sobre la base de que: 1) se promulgó en el plazo de veda electoral previsto en el penúltimo párrafo fracción 11 del artículo 105 de la Constitución Federal 2) contiene modificaciones legales fundamentales y 3) porque de no concederse, su aplicación podría causar afectaciones irreparables al sistema democrático y a los derechos fundamentales implicados en éste”.

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DGC

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