Para otorgar facilidades a los contribuyentes

IP agradece al SAT prórroga para entrada en vigor de factura electrónica 4.0 hasta 2023

Con el plazo extendido se fortalece el cumplimiento de las obligaciones fiscales; resalta que “no entregar la constancia no es motivo de despido ni de retención de pago”

La prórroga para el cambio de la Constancia de Situación Fiscal es hasta enero de 2023.
La prórroga para el cambio de la Constancia de Situación Fiscal es hasta enero de 2023. Foto: Archivo Cuartoscuro

El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) agradeció a la jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Raquel Buenrostro, la prórroga que dio el organismo a la entrada en vigor de la nueva factura electrónica 4.0 hasta enero de 2023, lo que estaba previsto para el próximo 1 de julio.

“Agradecemos al SAT y a su titular Raquel Buenrostro por la apertura al diálogo, que permitió prorrogar la entrada en vigor de la nueva factura electrónica 4.0 hasta enero de 2023”, publicó en su cuenta oficial en Twitter.

El organismo cúpula del sector privado destacó que con estas acciones se fortalece el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que la nueva factura electrónica 4.0 será obligatoria a partir del 1 de enero de 2023, lo que significa una prórroga respecto a la fecha anterior del 1 de julio, con el propósito de otorgar facilidades a los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones fiscales.

El organismo recaudador pidió a las personas físicas y morales que actualmente ya utilizan la nueva versión de facturación 4.0, continuar con ella con la finalidad de socializar el uso de la misma.

Por otro lado, quienes aún no la utilizan, se les invita a continuar con el proceso de transición durante el resto del año, de la versión 3.3 a la 4.0, agregó en un comunicado.

Destacó la importancia de que el contribuyente conozca y mantenga actualizada en todo momento su información fiscal contenida en la Constancia de Situación Fiscal, la cual es como su acta de nacimiento, ya que contiene datos de identificación, ubicación y obligaciones fiscales, como Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y régimen fiscal.

El SAT aclaró que en caso de que el contribuyente conozca esta información, puede entregarla a su empleador o emisor de factura sin necesidad de presentar su Constancia de Situación Fiscal.

Precisó que la emisión de la factura de nómina es independiente a la obligación laboral que tienen los empleadores de pagar sueldos y salarios a sus trabajadores, por lo que “no entregar la constancia no es motivo de despido ni de retención de pago”.

FBPT

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