Arturo Damm Arnal

20% (2/3)

PESOS Y CONTRAPESOS

Arturo Damm Arnal*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Arturo Damm Arnal
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
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Sumamos tres años, del 2021 al 2023, con aumentos al salario mínimo de 15%, 22% y 20%, y con reducciones en la tasa de desempleo, como porcentaje de la Población Económicamente Activa, de 4.5, 21.4 y 15.2, lo cual desmiente lo que se afirma en el típico curso básico de economía: que el salario mínimo ocasiona desempleo y que sus aumentos generan más desempleo.

¿Por qué? La respuesta la encontramos en el capítulo 7, del libro 1, de La Riqueza de las Naciones (1776), de Adam Smith, libro considerado por muchos como el punto de partida de la ciencia económica.

Smith hace referencia a lo que llamo la banda de fluctuación del precio, con un límite inferior determinado por el mínimo precio al que le conviene vender al oferente para no incurrir en pérdidas, igual a su costo de producción, y uno superior determinado por el máximo precio que el demandante está dispuesto a pagar, igual a su apreciación (lo que quiere en función de sus necesidades más lo que puede en función de su poder adquisitivo). Este es, dice Smith, “el máximo precio que puede arrancarse a los compradores”, y aquel “el más bajo que los vendedores pueden aceptar, y al mismo tiempo continuar con su negocio”.

Cualquier precio dentro de la banda de fluctuación es de equilibrio, al que la cantidad demanda iguala a la ofrecida, no habiendo ni sobredemanda (cantidad demandada mayor que la ofrecida), ni sobreoferta (cantidad ofrecida mayor que la demandada). Supongamos una banda de fluctuación del salario (que es el precio del trabajo), con el límite superior en $10 (máximo salario que el empleador está dispuesto a pagar), y el inferior en $5 (mínimo salario a cambio del cual el trabajador está dispuesto a trabajar), y un salario de $7.50. Si se impone un salario de $9, dado que está dentro de los límites de banda, la cantidad demanda seguirá siendo igual a la ofrecida, no habiendo sobreoferta de trabajo, la cual tiene lugar cuando, a ese salario, la cantidad ofrecida de trabajo, de parte de los trabajadores, es mayor que la cantidad demanda, de parte de los empleadores.

Si en los últimos tres años los aumentos al salario mínimo no han dado lugar a un mayor desempleo, al contrario: ha bajado, ello puede deberse a que se ha mantenido al salario mínimo dentro de la banda de fluctuación, no cumpliéndose lo que se afirma en el típico curso básico de economía: que el salario mínimo ocasiona desempleo y que sus aumentos generan más desempleo, afirmación que supone un solo salario de equilibrio, sin banda de fluctuación, lo cual, en el mejor de los casos, es un caso excepcional y, en el peor, un error teórico, faltando considerar el ceteris paribus (todo lo demás constante).

El enunciado correcto del típico curso básico de economía es: ceteris paribus, el salario mínimo ocasiona desempleo y sus aumentos generan más desempleo, ceteris paribus que implica que si se obliga al empleador a aumentar el salario mínimo, incrementándose su costo de producción, no puede aumentar el precio para compensar dicho incremento. ¿Qué pasa si lo puede aumentar porque los consumidores están dispuestos a pagar un precio mayor, lo que dependerá de la elasticidad precio de la demanda? Lo que pasa es que no se cumple el supuesto ceteris paribus y el enunciado del típico curso básico de economía resulta falso.

Continuará.