Supremacía de la justicia

PESOS Y CONTRAPESOS

Arturo Damm Arnal*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
Arturo Damm Arnal
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
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La supremacía no debe ser de la Constitución (de quienes la redactan y modifican), ni de las leyes (de quienes las expiden y promulgan). Debe ser de la justicia, del respeto a los derechos (que realmente lo sean, no necesidades y/o intereses identificados tramposamente como derechos). La tarea de la Constitución y las leyes debe ser reconocerlos plenamente, definirlos puntualmente y garantizarlos jurídicamente, en primer lugar, frente al Gobierno.

El criterio con el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (ojo: de JUSTICIA, no de constitucionalidad, no de legalidad), debe calificar las leyes, no es el de la constitucionalidad (respetan o no la Constitución), sino el de la justicia (respetan o violan los derechos). La supremacía debe ser de la justicia.

Lo que dice la Constitución es, por definición, constitucional. Pero lo importante no es la “constitucionalidad de la Constitución”, sino la justicia de lo que dice la Constitución, sobre la cual debe pronunciarse la Suprema Corte de JUSTICIA de la Nación.

Lo importante no es la constitucionalidad (lo que dice la Constitución, y por lo tanto lo que dicen quienes la redactan y modifican), ni tampoco la legalidad (lo que dicen las leyes, y por ello lo que ordenan quienes las expiden y promulgan), sino la justicia (el respeto a los derechos).

Leemos en el tercer párrafo del Art. 1ro. constitucional que “está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos”. Supongamos que se modifica la Constitución quedando así: “Está permitida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos”. La esclavitud sería constitucional. Y si se expide y promulga la ley reglamentaria de la esclavitud, también sería legal. Constitucional y legal la esclavitud seguiría siendo injusta, una violación al derecho a la libertad individual.

¡Cuidado con la trampa de la constitucionalidad y la legalidad! Lo que importa es la justicia, el respeto a los derechos y debe haber una organización cuya tarea esencial sea verificar la justicia de la Constitución y de las leyes. Esa organización es la Suprema Corte de JUSTICIA de la Nación, a la cual se le pretende prohibir constitucionalmente, cuando de cambios a la Constitución se trate, llevar a cabo esa verificación, que debe ser de oficio.

Lo que pretende Morena al prohibir constitucionalmente los controles judiciales sobre las reformas a la Constitución, eliminando el juicio de amparo, las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad (por lo pronto quedó fuera de la pretensión el control de convencionalidad), es conseguir la supremacía de la Constitución; es decir, de quienes reformen, en función de sus intereses, el texto constitucional, lo cual puede resultar en una dictadura constitucional: “Lo dice la Constitución”. Sí, pero la Constitución dice lo que el dictador quiere que diga, no necesariamente lo que la justicia demanda.

Todo lo anterior tiene que ver con los derechos naturales, que tenemos por ser personas (vida, libertad y propiedad), anteriores al gobierno y sus leyes, cuya tarea es reconocerlos plenamente, definirlos puntualmente y garantizarlos jurídicamente.

Las instituciones de la democracia liberal y del Estado de Derecho, que en México estaban en construcción, se están yendo al diablo. AMLO (¿la mano que mece la cuna?), debe estar muy complacido.