Rafael Rojas

Jóvenes condenados en Cuba

APUNTES DE LA ALDEA GLOBAL

Una cubana muestra una foto de su esposo y hermanos, encarcelados tras ser acusados de participar en las protestas.
Una cubana muestra una foto de su esposo y hermanos, encarcelados tras ser acusados de participar en las protestas
*Esta columna expresa el punto de vista de su autor, no necesariamente de La Razón.
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Foto: AP
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En julio del año pasado tuvieron lugar protestas multitudinarias en Cuba, a lo largo y ancho de la isla y, especialmente, en los sectores más humildes y excluidos de la población. El gobierno cubano ha negado desde entonces la profundidad social y la extensión geográfica del estallido. No sólo eso: ha presentado aquellas manifestaciones de inconformidad como una agresión foránea.

Se dice con frecuencia, para relativizar la limitación de derechos básicos en Cuba, que esa represión es la misma que en cualquier país latinoamericano y caribeño. Es cierto que en todos los países de la región se contienen, sofocan y reprimen las protestas populares. Lo hemos visto en estallidos recientes en Chile, Colombia, Perú o Ecuador, con características afines a la movilización cubana del pasado verano.

En algunos países como Colombia se produjeron arrestos masivos, pero muchos manifestantes fueron liberados o amnistiados. En otros, como Chile, unas 200 personas que permanecen detenidas por delitos contra el orden público han recibido del nuevo presidente Gabriel Boric la promesa de ser beneficiados con indultos. En varios países de la región se han abierto investigaciones y procesos judiciales, también, contra el abuso de la fuerza por parte de policías y agentes del orden.

Muchos testimonios de aquellos días reflejan que las protestas fueron mayoritariamente pacíficas, aunque se produjeron no pocos episodios de violencia contra agentes y patrullas de la policía, hurto y maltrato de edificios públicos. Como en cualquier país latinoamericano esos delitos, que se castigan con multas, difícilmente pueden ser interpretados como “subversión”, “sedición”, atentado contra el orden constitucional o traición a la patria

En Cuba, los arrestos de manifestantes adquieren un rango de masividad mayor: más de 1,300 personas fueron detenidas después de las protestas del 11 y 12 de julio de 2021. De ésos, más de 900 han sido procesados muy lenta y escalonadamente. Los cargos que se imputan a los manifestantes son “disturbio”, “vandalismo”, “desorden público”, “subversión del orden constitucional”, “delito de sedición” y “seguir órdenes del exterior”.

Muchos testimonios de aquellos días reflejan que las protestas fueron mayoritariamente pacíficas, aunque se produjeron no pocos episodios de violencia contra agentes y patrullas de la policía, hurto y maltrato de edificios públicos. Como en cualquier país latinoamericano esos delitos, que se castigan con multas, difícilmente pueden ser interpretados como “subversión”, “sedición”, atentado contra el orden constitucional o traición a la patria.

En Cuba, los arrestos de manifestantes adquieren un rango de masividad mayor: más de 1,300 personas fueron detenidas después de las protestas del 11 y 12 de julio de 2021. De ésos, más de 900 han sido procesados muy lenta y escalonadamente. Los cargos que se imputan a los manifestantes son “disturbio”, “vandalismo”, “desorden público”, “subversión del orden constitucional”, “delito de sedición” y “seguir órdenes del exterior”

En Cuba, la protesta es asumida como un acto opositor, fraguado desde Estados Unidos. Dado que la ideología y la legislación oficiales no admiten la existencia de una oposición legítima y autónoma sino que presentan la disidencia como agresión extranjera, los manifestantes de julio de 2021 son procesados como criminales y enemigos. A la criminalización mediática que acompañó y siguió a las protestas se suma, finalmente, una judicialización altamente punitiva.

Las sentencias que se han dictado oscilan entre 6 y 30 años de cárcel. Unos 55 de los condenados serían menores de edad y en muchos casos, la información oficial no da a conocer la edad de los sentenciados. Habría razones consistentes para suponer que la gran mayoría de los procesados son jóvenes de sectores de bajos ingresos. Difícilmente la severidad de las penas dictadas está desligada de la búsqueda de escarmientos morales y políticos.

Esa politización del sistema judicial cubano es legible en el nuevo Código Penal. Los procesos contra los manifestantes de julio han sido, de hecho, un laboratorio de esa recodificación en curso de las leyes y procedimientos penales. Tanto en el viejo Código Penal de 1987, como en el nuevo, las sanciones son entendidas no sólo como “represión de un delito cometido” sino como “reeducación en el respeto a las normas de la convivencia socialista”.

El excesivo rigor de 30 años de privación de libertad —una pena que se aplica a crímenes graves y reincidentes— para un joven que ha participado en una protesta popular espontánea se explica por esa politización de la justicia. Bajo un sistema como el cubano, el derecho legítimo a la protesta es interpretado y castigado como un acto contra la seguridad del Estado.